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Plan Básico. No publica su declaración responsable en su web.
Si tienes una sociedad, tu programa de facturación tiene que estar adaptado a Verifactu antes del 1 de enero de 2027. Si eres autónomo, antes del 1 de julio de 2027. Esas dos fechas están cerradas en el BOE; el aplazamiento a octubre de 2028 que anunció Hacienda el 5 de octubre todavía no está publicado.
La factura electrónica B2B es otra norma, con sus propias fechas desde la Orden HAC/1028/2026: a partir del 6 de octubre de 2027 si tu volumen de operaciones superó los 8 millones de euros, y a partir del 6 de octubre de 2028 para el resto.
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Verifactu tiene dos fechas cerradas en el BOE. La factura electrónica B2B también las tiene desde el 5 de octubre de 2026, cuando se publicó la Orden HAC/1028/2026: sus plazos cuentan desde el día siguiente, el 6 de octubre.
De los dieciséis programas que revisamos el 18/10/2026, con la orden ya en vigor, ocho dan sus fechas o cuentan el plazo desde ella, y dos siguen dando por cerrada una fecha de la factura B2B que no es la real. Por qué Verifactu y la factura B2B no son lo mismo.
Aplazamiento de Verifactu anunciado, todavía sin norma. El , Hacienda anunció en una nota informativa su intención de aplazar Verifactu hasta octubre de 2028, para que coincida con la factura B2B de quien no supera los 8 millones. Un anuncio no es una norma: a el BOE no ha publicado ninguna modificación del RD 1007/2023, así que las dos fechas de Verifactu siguen vigentes. El aplazamiento anterior llegó por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, menos de un mes antes de la fecha que aplazaba. Actualizaremos esta página el día en que se publique la norma.
Fija las fechas de Verifactu: sociedades, antes del 1 de enero de 2027; autónomos y resto de obligados, antes del 1 de julio de 2027. BOE de 03/12/2025.
Reglamento de la factura electrónica B2B: cuatro sintaxis admitidas, solución pública de la AEAT y estados de la factura. BOE de 31/03/2026; en vigor desde el 20/04/2026, con la aplicación diferida a la orden ministerial que la pone en marcha.
Regula la solución pública de facturación electrónica de la AEAT. BOE de 05/10/2026; en vigor desde el 06/10/2026, el día que empiezan a contar los plazos de la factura B2B. Qué dice la orden y qué pone en marcha.
La norma dice «antes del 1 de enero de 2027», no «a partir del»: el día 1 ya tienes que estar adaptado, así que el último día útil es el 31 de diciembre de 2026.
71 días hasta el 31/12/2026 · aplazamiento anunciado, sin norma
Antes del 1 de julio de 2027: autónomos en IRPF, también en módulos, entidades en atribución de rentas y no residentes con establecimiento permanente. Si eres autónomo y todavía eliges programa: cuál encaja según cómo facturas.
252 días hasta el 30/06/2027 · aplazamiento anunciado, sin norma
A partir del 6 de octubre de 2027 si tu volumen de operaciones superó los 8 millones de euros el año natural anterior. Desde el mismo día, las plataformas privadas tienen que enviar la copia fiel a la solución pública (RD 238/2026, disposición final 4.ª, y Orden HAC/1028/2026).
350 días hasta el 06/10/2027
A partir del 6 de octubre de 2028 para todos los demás empresarios y profesionales. Las personas físicas y entidades en atribución de rentas de hasta 8 millones informarán de los estados de cada factura a partir del 6 de octubre de 2029 (disposición transitoria 3.ª).
716 días hasta el 06/10/2028
Precios leídos uno a uno en la web de cada fabricante, cada uno con su fecha. Seis de los ocho programas de pago que publican las dos periodicidades cobran distinto según pagues al mes o al año: BeeL pasa de 15,90 € a 19,90 €.
Más barato. Entre los dieciséis programas que anuncian Verifactu en su web, los tres con el precio de entrada más bajo: pago anual si lo publican, si no, mensual. Sin promociones de lanzamiento.
Plan Básico. No publica su declaración responsable en su web.
Plan Esencial. No publica su declaración responsable en su web.
Plan Básico. Publica su declaración responsable.
Plan gratis. Programas con un plan a 0 € que anuncian Verifactu, por orden alfabético: cada uno mide su tope con una unidad distinta, así que no se pueden ordenar por generosidad. Hay cinco con plan gratis; los tienes todos, con su límite.
Plan Basic. Tope: hasta 24 transacciones al año natural y 10 contactos («clientes o proveedores»). Publica su declaración responsable.
Plan Básico. Tope: 12 documentos al año natural (facturas, gastos, presupuestos o albaranes), 5 productos y 1 remesa. Publica su declaración responsable.
Plan Gratis. Tope: hasta 100 facturas al año natural, 10 clientes y 10 productos. Publica su declaración responsable.
Declaración más reciente. Los doce programas que publican su declaración responsable, empezando por la suscrita más recientemente. Qué es y por qué pedirla.
Plan Básico. Declaración responsable versión 2026.6, suscrita el 01/07/2026.
Plan Stripe. Declaración responsable versión v.0.0.2, suscrita el 07/04/2026.
Plan Gratis. Declaración responsable versión 2, suscrita el 26/02/2026.
Ningún criterio tiene en cuenta la afiliación: Quipu, STEL Order y SumUp Facturas son los únicos programas que nos pagan, y solo salen aquí si el criterio lo pone.
Cada ficha lee la declaración responsable del fabricante y su página de precios, con la fecha de la lectura.
Verifactu actúa sobre cómo tu programa registra lo que emites: cada factura queda en un registro que no se puede alterar, encadenado con el anterior y con un código QR (Real Decreto 1007/2023). No cambia lo que facturas: cambia con qué lo facturas.
La factura electrónica B2B actúa sobre el formato en el que la factura viaja de una empresa a otra, y sobre lo que quien la recibe tiene que contestar: si la acepta o la rechaza, y cuándo la paga (Ley 18/2022 y Real Decreto 238/2026). Son dos normas con dos calendarios: Verifactu, antes del 1 de enero de 2027 para las sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto; la factura B2B, a partir del 6 de octubre de 2027 o del 6 de octubre de 2028 según tu volumen de operaciones. Por qué tu programa puede cumplir una sin la otra.
Para Verifactu, sí, siempre que salga de un sistema adaptado: la norma no cambia el formato en el que entregas la factura, sino el programa con el que la emites, que tiene que generar su registro y su QR. La propia aplicación gratuita de la AEAT descarga cada factura en PDF con su QR.
La factura electrónica B2B es otra cosa. Cuando sea obligatoria, la factura entre empresas tendrá que ser un mensaje estructurado en una de las cuatro sintaxis del artículo 7.1 del Real Decreto 238/2026 (CII, UBL, EDIFACT o Facturae), y un PDF no es ninguna de ellas. Esa obligación se aplica a partir del 6 de octubre de 2027 si tu volumen de operaciones superó los 8 millones de euros, y a partir del 6 de octubre de 2028 para el resto (disposición final 4.ª del Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026).
Sí, y hay dos piezas distintas. Para Verifactu, la aplicación de facturación de la AEAT funciona desde octubre de 2025: no pone tope de facturas, pero sí condiciones (un solo destinatario, nada de tickets y el PDF como único formato). Para quién basta y dónde se queda corta.
Para la factura B2B, el Real Decreto 238/2026 prevé una solución pública de facturación electrónica, gratuita para sus usuarios (artículo 11.10), y un formulario gratuito para emitir (disposición adicional 1ª). La Orden HAC/1028/2026 regula esa solución, que tiene que estar disponible al menos dos meses antes de la primera aplicación efectiva (disposición adicional 2.ª de la orden): a más tardar, el 6 de agosto de 2027.
Verifactu, sí. La obligación mira el impuesto por el que tributas y el hecho de emitir con un programa, no quién recibe la factura: todo lo que sale de tu programa, también lo que facturas a particulares, pasa por el registro.
La factura electrónica B2B, no. Solo se aplica cuando el destinatario es un empresario o profesional con la sede de su actividad, un establecimiento permanente o su domicilio en España (artículo 3.1 del Real Decreto 238/2026). Las facturas a consumidores finales quedan fuera.
No necesariamente. Lo que tienes que comprobar es que la versión que usas esté adaptada a Verifactu antes de tu fecha, y eso lo acredita un documento: la declaración responsable del fabricante (artículo 13 del Real Decreto 1007/2023). Puedes pedírsela, y debe empezar por el título «DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE FACTURACIÓN» (artículo 15.1 de la Orden HAC/1177/2024).
De los dieciséis programas que revisamos, doce la publican en su web. Si el tuyo no está adaptado a tiempo, sí tendrás que actualizarlo o cambiar. Cómo pedirla y qué comprobar.
Miramos el BOE cada día laborable. La Orden HAC/1028/2026 salió el 5 de octubre de 2026 y las fechas de la factura B2B ya están en esta web con su día exacto. Si alguna cambia, lo verás aquí con la fecha del cambio.